Guía para la conducción de la Audiencia de Conciliación Laboral
La conciliación constituye un equivalente jurisdiccional de carácter autocompositivo
que consiste en un acuerdo al que arriban las partes sobre las bases propuestas
personalmente por el juez o jueza que dirige la audiencia, las que son aceptadas,
en todo o en parte, por los y las intervinientes, lográndose de esta forma poner
término anticipado al procedimiento, total o parcialmente.