Los derechos civiles de la mujer
En el curso de esta Memoria trataré de dejar establecidos cuáles son los derechos civiles cuyo ejercicio le es permitido a la mujer en nuestra legislación y en las de Francia, Inglaterra, España y Alemania.
Derechos civiles según Escriche, son:
“las ventajas que gozan los ciudadanos entre ellos y les están asegurados por la ley civil: tales son la patria potestad; la facultad de ser nombrado tutor; la de suceder por testamento o ab intestato; la de disponer de sus bienes y la de recibir por donación entre vivos y por última voluntad”.
Pero antes de ocuparme de la condición de la mujer en el presente, haré una brevísima relación de lo que fue en el pasado, estudiando sucesivamente en Oriente, Grecia y Roma las disposiciones legales de mayor importancia que a ella se refieran.