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ISBN 978-956-6234-13-5

Visión jurisprudencial de la Acción de Precario

Editorial:Editorial Hammurabi
Materia:Derecho
Público objetivo:General
Publicado:2023-06-30
Número de edición:1
Número de páginas:160
Tamaño:17.5x24.5cm.
Precio:$6.000
Encuadernación:Tapa blanda o rústica
Soporte:Impreso

Reseña

La acción de Precario establecida en el inciso segundo del artículo 2195 Código Civil persigue poner término a una situación de hecho, cual es la ocupación de una cosa ajena, sin título alguno y que se tiene por ignorancia o mera tolerancia de su dueño.
Así, una sentencia judicial reconocerá el derecho de la cosa respecto a la cosa que se litiga, y así se ordena la restitución al tenedor.
El juicio de precario, tiene por objeto que una sentencia judicial reconozca el derecho del dueño de la cosa sobre la cual se litiga, y ordene su restitución al actual tenedor de ella. Ejemplo: Sobre inmueble, vehículo.
Procedimiento:
• El juicio de precario se inicia cuando se presenta la demanda en contra del actual tenedor de la cosa o bien. La demanda debe presentarse en el tribunal civil del domicilio del demandado.
• Una vez que se presenta la demanda, el tribunal citará a las partes a una audiencia de conciliación y contestación. Esta audiencia se realizará dentro del quinto día después de notificada la citación.
• En la audiencia, se realizará el comparendo, en ese instante se contestará la demanda y el Tribunal expondrá bases de acuerdo con el fin de lograr una conciliación entre las partes.
• En caso de no existir acuerdo se abrirá el término probatorio (Período en el que se presenta la prueba). El término probatorio es de ocho días, pero dentro del segundo días se deberá presentar la lista de testigos.
• Una vez vencido el término probatorio, el tribunal estará en condiciones de dictar sentencia.

En caso que la cosa demandada sea un inmueble, para cumplir la sentencia se solicitará el lanzamiento de quienes ocupan la propiedad, incluso con fuerza pública en caso de que se opongan a devolverlo. La fuerza pública estará facultada para descerrajar y allanar la propiedad, en caso sea necesario.

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